El IVA general en España es del 21 %, pero la Ley del IVA (artículo 91.Uno.2.10º de la Ley 37/1992) contempla un tipo reducido del 10 % para las instalaciones de placas solares en viviendas, siempre que se cumplan tres requisitos concretos. La diferencia entre pagar el 21 % o el 10 % puede suponer un ahorro de entre 600 y 1.100 € en un presupuesto residencial estándar, así que merece la pena comprobar si tu instalación cumple las condiciones.
Los tres requisitos para el IVA del 10 %
La ley exige que se cumplan los tres a la vez:
- El destinatario debe ser persona física, que no actúe como empresario o profesional, y que use la vivienda para uso particular. También se incluyen las comunidades de propietarios de edificios destinados principalmente a vivienda.
- La vivienda debe tener más de 2 años de antigüedad desde que se concluyó su construcción o su última rehabilitación.
- El coste de los materiales aportados por el instalador no debe superar el 40 % de la base imponible de la operación. Es decir, si los paneles, el inversor y demás equipos suponen más del 40 % del importe total de la obra, no se puede aplicar el tipo reducido a toda la operación.
Si se cumplen los tres, la instalación tributa al 10 %. Si falla cualquiera de ellos, toda la operación tributa al tipo general del 21 %, no solo la parte que incumple el requisito.
Por qué el requisito de los materiales es el más delicado
De los tres requisitos, el de persona física y el de la antigüedad de la vivienda se cumplen en la mayoría de los casos residenciales sin mayor complicación. El que genera más dudas es el de los materiales: en una instalación de placas solares, los paneles y el inversor suelen representar una parte importante del coste total, y si esa parte de materiales supera el 40 % de la base imponible, la operación completa pasa a tributar al 21 %.
Esto depende de cómo esté estructurada la oferta del instalador:
- Si la empresa que instala también fabrica, diseña o gestiona directamente los equipos como parte de una ejecución de obra (no una simple venta de material con instalación aparte), es más fácil que el conjunto (mano de obra + materiales) permita mantener los materiales por debajo del 40 % de la base.
- Si compras el kit por tu cuenta y contratas la instalación aparte, es más difícil cumplir este requisito, porque el material ya no forma parte de una única “ejecución de obra” en los términos que exige la norma.
Por eso, la forma en que se estructura y factura el proyecto importa tanto como el proyecto en sí para poder aplicar el tipo reducido.
Vivienda de obra nueva: otro caso distinto
Si la instalación de placas solares se hace en el contexto de la construcción de una vivienda nueva (no en una ya existente), también se aplica el tipo reducido del 10 %, dentro del régimen general aplicable a las viviendas de nueva construcción, sin necesidad de cumplir el requisito de los 2 años de antigüedad (que, lógicamente, no aplicaría a una vivienda que se está construyendo).
Si en cambio se trata de una obra de rehabilitación energética en un edificio ya construido, deben cumplirse además los requisitos que exige la Dirección General de Tributos para que se considere una verdadera ejecución de obra de rehabilitación (que la operación tenga naturaleza de ejecución de obra, y que derive de un contrato formalizado directamente entre el promotor y el contratista, entre otros).
Cuánto se ahorra con el 10 % frente al 21 %
| Precio de la instalación (base sin IVA) | IVA al 21 % | IVA al 10 % | Ahorro |
|---|---|---|---|
| 4.000 € | 840 € | 400 € | 440 € |
| 5.500 € | 1.155 € | 550 € | 605 € |
| 7.000 € | 1.470 € | 700 € | 770 € |
| 9.000 € | 1.890 € | 900 € | 990 € |
| 10.500 € | 2.205 € | 1.050 € | 1.155 € |
Como se ve, en instalaciones residenciales habituales el ahorro se mueve, de forma orientativa, entre los 400 y los 1.100 €, una diferencia nada despreciable sobre el presupuesto final.
Cómo saber si tu presupuesto aplica el tipo correcto
- Revisa el desglose del presupuesto: debe indicar claramente el tipo de IVA aplicado (10 % o 21 %) y la base imponible sobre la que se calcula.
- Pregunta directamente al instalador si cumples los tres requisitos legales, en concreto si el peso de los materiales dentro de la operación permite aplicar el 10 %.
- Desconfía si un presupuesto aplica el 10 % sin más explicación, sobre todo si tu vivienda tiene menos de 2 años o si el proyecto se estructura como venta de material más instalación por separado.
- Compara varios presupuestos: puede que dos ofertas por el mismo trabajo apliquen tipos de IVA distintos según cómo estructuren la operación, lo que también afecta al precio final que realmente pagas.
Qué pasa si aplican mal el IVA
Aplicar un tipo de IVA incorrecto no es un simple matiz administrativo: si una empresa te cobra el 10 % sin cumplir los requisitos, la responsabilidad de la diferencia puede recaer, según el caso, sobre quien emite la factura. Como cliente, lo relevante es asegurarte de que el presupuesto sea transparente sobre el tipo aplicado y sobre qué requisitos justifican esa elección, para evitar sorpresas si Hacienda revisa la operación.
Preguntas frecuentes
¿El IVA reducido del 10 % se aplica siempre a las placas solares? No. Solo cuando se cumplen los tres requisitos: destinatario persona física en uso particular (o comunidad de propietarios), vivienda con más de 2 años de antigüedad, y materiales que no superen el 40 % de la base imponible de la operación.
¿Qué pasa si mi vivienda tiene menos de 2 años? No podrías aplicar el tipo reducido por la vía de la rehabilitación de vivienda existente, salvo que la instalación se haga en el marco de la construcción de una vivienda nueva, que tiene su propio régimen.
¿Puedo comprar un kit solar por mi cuenta y aplicar el 10 % igualmente? Es más difícil, porque si compras el material por separado de la instalación, resulta más complicado que se considere una única ejecución de obra y que los materiales se mantengan por debajo del 40 % de la base. Consúltalo con el instalador o con un asesor fiscal.
¿Qué ocurre si los materiales superan el 40 % de la base imponible? Toda la operación tributa al tipo general del 21 %, no solo la parte de materiales que excede ese límite.
¿Es lo mismo el IVA reducido que las bonificaciones del IBI o el ICIO? No. El IVA reducido lo regula la Agencia Tributaria a nivel estatal y afecta al precio de la instalación en el momento de la compra; el IBI y el ICIO son impuestos municipales distintos, gestionados por cada ayuntamiento. Puedes beneficiarte de varios a la vez si cumples los requisitos de cada uno.
Conclusión
El IVA reducido del 10 % en placas solares puede suponer un ahorro relevante sobre el presupuesto final, pero no se aplica de forma automática: exige que el destinatario sea persona física en uso particular, que la vivienda tenga más de 2 años y que el peso de los materiales no supere el 40 % de la base imponible. Revisa siempre el desglose del presupuesto y pregunta expresamente al instalador qué tipo de IVA aplica y por qué.
Siguiente paso: al comparar presupuestos, comprueba el tipo de IVA que aplica cada uno con la checklist de cómo comparar presupuestos de instalación solar sin que te engañen.
Última actualización: La normativa del IVA puede cambiar; consulta el artículo 91.Uno.2.10º de la Ley 37/1992 o a un asesor fiscal para confirmar los requisitos vigentes en tu caso.