Instalar placas solares puede darte derecho a una deducción en el IRPF de hasta el 60 % de la inversión, dentro del régimen de deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda. No es una deducción “por poner placas” en sí misma, sino por la mejora energética que consigues con ellas, que debe acreditarse con un certificado energético antes y después de la obra.
Plazo vigente: el Real Decreto-ley 16/2025 prorrogó estas deducciones hasta el 31 de diciembre de 2026 para viviendas individuales, y hasta el 31 de diciembre de 2027 para obras en edificios residenciales completos, con el certificado energético correspondiente expedido antes del 1 de enero de 2027 o 2028, según el caso. Además, se ha creado una nueva deducción específica para sistemas de autoconsumo con energías renovables instalados en 2026, distinta de las anteriores e incompatible con ellas. Dado que la normativa fiscal cambia con cierta frecuencia, confirma siempre las fechas y porcentajes vigentes en la Agencia Tributaria antes de planificar tu declaración.
Los tres tramos de deducción
| Tramo | Qué exige | Base máxima anual | Tipo de vivienda | Certificado necesario |
|---|---|---|---|---|
| 20 % | Reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración | 5.000 € | Vivienda habitual o en alquiler | CEE antes y después |
| 40 % | Reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o alcanzar clase energética A o B | 7.500 € | Vivienda habitual o en alquiler | CEE antes y después |
| 60 % | Obras en edificios de uso predominantemente residencial que logren una mejora conjunta de al menos un 30 % en eficiencia energética | 5.000 € al año, hasta 15.000 € acumulados en varios ejercicios | Edificio residencial completo | CEE antes y después |
Para una instalación de placas solares en una vivienda unifamiliar, el tramo que suele aplicar es el del 40 %, ya que reduce el consumo de energía primaria no renovable. El tramo del 60 % está pensado para obras que afectan a todo un edificio residencial (por ejemplo, una instalación colectiva en un bloque de pisos), no para una vivienda individual aislada. El tramo del 20 % se centra en mejoras de aislamiento y climatización, y solo aplica a placas solares si, además, contribuyen a reducir esa demanda concreta.
La nueva deducción específica para autoconsumo (2026)
Aparte de las tres anteriores, se ha creado una deducción propia para quienes instalen en su vivienda, durante 2026, sistemas de generación de electricidad a partir de energías renovables (paneles fotovoltaicos, que pueden incluir baterías de almacenamiento). Es una deducción distinta de las tres de eficiencia energética explicadas arriba y no es compatible con ellas para la misma actuación: hay que elegir una u otra, no sumarlas. Los detalles concretos de porcentaje y base de esta nueva deducción conviene consultarlos directamente en la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal antes de decidir cuál te conviene más, porque es una novedad reciente y las condiciones pueden precisarse o modificarse.
Requisitos generales para aplicar la deducción
- Certificado de Eficiencia Energética (CEE) previo, emitido antes de empezar la obra (con una antigüedad máxima permitida) y otro posterior, que acredite la mejora conseguida. Para el tramo del 20 %, en su lugar se exige el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE).
- Forma de pago: no se puede pagar en efectivo. Las facturas deben abonarse por transferencia bancaria, tarjeta, cheque nominativo o ingreso en cuenta, con justificante.
- Facturas de los equipos, la mano de obra y los honorarios de los profesionales que intervienen, con fecha dentro del plazo vigente.
- Vivienda habitual o en alquiler (o en expectativa de alquiler antes de una fecha determinada), según el tramo. Quedan excluidos, en general, garajes, trasteros, jardines o instalaciones deportivas no vinculadas a la vivienda.
- Si has recibido una subvención para la misma obra, su importe se resta de la base sobre la que se calcula la deducción.
Cómo se calcula la deducción (ejemplo orientativo)
Ejemplo ilustrativo: una instalación de placas solares en una vivienda habitual cuesta 6.500 €, cumple los requisitos del tramo del 40 % (reducción de más del 30 % del consumo de energía primaria no renovable, acreditada con los certificados) y no ha recibido ninguna subvención.
- Base de deducción: 6.500 € (por debajo del máximo anual de 7.500 €).
- Deducción: 40 % de 6.500 € = 2.600 € a deducir en la declaración.
Si la instalación hubiera costado 9.000 €, la base de deducción se limitaría al máximo anual de 7.500 €, y la deducción sería del 40 % de esa cantidad: 3.000 €, no sobre el importe total pagado.
Si además recibiste una subvención de, por ejemplo, 1.500 €, esa cantidad se resta primero de la base: (6.500 − 1.500) × 40 % = 2.000 € de deducción. Ten en cuenta que la propia subvención puede tributar como ganancia patrimonial en el ejercicio en que la cobras, así que conviene planificarlo con un asesor fiscal.
Documentación que necesitas reunir
- Certificado de Eficiencia Energética previo a la obra (o CIE, según el tramo).
- Certificado de Eficiencia Energética posterior, una vez finalizada la instalación, que acredite la mejora.
- Factura del proyecto fotovoltaico, con fecha dentro del plazo vigente.
- Justificantes de pago bancario de cada factura relacionada (no en efectivo).
- Documentación de cualquier subvención recibida para la misma obra, si la hubiera.
Cómo declararla en la Renta
La deducción se aplica en el apartado de deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética, en las casillas correspondientes de la declaración (dentro del tramo aproximado 1660-1680, aunque la numeración exacta puede variar de un ejercicio a otro; consúltalo en el programa Renta Web de la Agencia Tributaria del año que corresponda). El proceso general:
- Reúne toda la documentación del apartado anterior.
- Al hacer la declaración, marca la casilla correspondiente al tramo de deducción que te corresponde (20 %, 40 % o 60 %).
- Introduce la base de deducción (importe pagado, menos subvenciones recibidas).
- El programa calcula automáticamente el importe a deducir según el porcentaje del tramo.
- Conserva toda la documentación por si la Agencia Tributaria la solicita en una comprobación posterior.
Compatibilidad con otras ayudas
La deducción del IRPF es, en general, compatible con las bonificaciones municipales del IBI y el ICIO, que dependen de tu ayuntamiento y no de la Agencia Tributaria. Ver ayudas y subvenciones para placas solares por comunidad autónoma. No es compatible, en cambio, con la nueva deducción específica de autoconsumo para la misma actuación: hay que elegir una de las dos.
Errores frecuentes
- No pedir el certificado energético previo antes de empezar la obra. Es un requisito imprescindible y no se puede obtener a posteriori con la misma validez.
- Pagar en efectivo alguna factura relacionada con la instalación, lo que invalida esa parte de la deducción.
- Confundir el tramo que corresponde a una vivienda individual con el de edificios completos (60 %).
- No restar la subvención recibida de la base antes de aplicar el porcentaje.
- Dar por hecho un plazo o porcentaje de años anteriores sin comprobar si sigue vigente, ya que esta normativa se ha prorrogado y modificado varias veces.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje de deducción me corresponde por instalar placas solares en mi vivienda unifamiliar? Lo habitual es el tramo del 40 %, por mejora del consumo de energía primaria no renovable, siempre que acredites la reducción exigida con los certificados energéticos correspondientes.
¿Necesito el certificado energético si solo hago una instalación pequeña? Sí. El certificado antes y después de la obra es un requisito para acceder a los tramos del 40 % y el 60 %; para el tramo del 20 % se exige el Certificado de Instalaciones Eléctricas en su lugar.
¿Puedo deducir si pagué en efectivo alguna factura? No. La normativa exige que los pagos se realicen por medios bancarios (transferencia, tarjeta, cheque nominativo), no en efectivo.
¿Es compatible la deducción del IRPF con una subvención autonómica? Sí, pero el importe de la subvención se resta de la base sobre la que se calcula la deducción, y esa subvención puede tributar como ganancia patrimonial.
¿Hasta cuándo puedo aprovechar esta deducción? El plazo actual llega hasta el 31 de diciembre de 2026 para viviendas individuales, y hasta el 31 de diciembre de 2027 para edificios residenciales completos, según la normativa vigente en el momento de escribir esto. Como esta fecha puede volver a prorrogarse o modificarse, confírmala en la Agencia Tributaria antes de planificar tu instalación pensando en la deducción.
Conclusión
La deducción del IRPF por placas solares puede suponer un ahorro fiscal relevante, en muchos casos del 40 % de la inversión en una vivienda unifamiliar, pero exige cumplir requisitos concretos: certificados energéticos antes y después, pago sin efectivo y respetar los límites de base anual. Antes de contar con esta deducción en tu cálculo de amortización, consulta con un asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria para confirmar que tu caso cumple los requisitos vigentes.
Siguiente paso: guarda las facturas y solicita el certificado energético previo antes de empezar la obra; sin él, no podrás acceder a la deducción del 40 % o el 60 %.
Última actualización: La normativa de deducciones fiscales cambia con relativa frecuencia (Real Decreto-ley 16/2025 y modificaciones posteriores). Verifica siempre los porcentajes, bases y plazos vigentes en la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal antes de tomar decisiones basadas en esta deducción.